Uno de los momentos en que se generó mayor tensión durante el debate parlamentario sobre la Ley de Urgencia sobrevino en las primeras horas de la madrugada de este sábado 6 de mayo, cuando se discutió el artículo del capítulo referido a “libertad de trabajo y derecho de la dirección de la empresa”.
Dicho artículo establece que “el Estado garantizará el ejercicio pacífico del derecho de huelga, el derecho de los no huelguistas a acceder y trabajar en los respectivos establecimientos y el derecho de la dirección de las empresas a ingresar a las instalaciones libremente”.